Menaje
Menaje de Casa Colombia.
AR EXPRESS pone a disposición profesionales calificados para ayudarle con todos los trámites y documentación necesaria para el transporte de su menaje de casa a Colombia, tanto locales como de larga distancia. Nos aseguramos en embalar todos sus artículos, sin importar el tamaño o lo delicado que sean.
¿Qué es un Menaje de Casa a Colombia?
Menaje de Casa es el conjunto de enseres, elementos y demás accesorios que utilizamos normalmente o de uso diario en nuestra vivienda; y los cuales una persona tiene derecho de llevar a Colombia, dependiendo del tiempo que haya permanecido en el exterior.
Estos elementos pueden ser:
- Ropa.
- Electrodomésticos.
- Elementos de baño.
- Elementos de cocina.
- Muebles de comedor.
- Muebles de sala.
- Muebles de dormitorios.
- Computadoras.
- Adornos.
- juguetes.
¿Qué debo tener en cuenta para ingresar un menaje a Colombia?
- Los ciudadanos colombianos que retornen al país tendrán derecho a ingresar artículos personales y el menaje doméstico correspondiente a su unidad familiar.
- Haber vivido en el exterior por lo menos 24 meses continuos o discontinuos, durante los 3 años inmediatamente anteriores a su llegada al país.
- El menaje debe llegar a Colombia 1 mes antes o 4 meses después de la fecha de arribo de su propietario con procedencia del país donde se encontraba el titular de este.
- Se pueden ingresar cada 5 años, por unidad familiar, elementos nuevos o usados, cuando el titular regrese del exterior, previa certificación de la Cancillería, para radicarse en Colombia. No requiere registros o licencia de importación.
¿Cuánto impuesto paga el menaje de Casa a Colombia?
Conoce la ley de Retorno al País (Colombia)
Consiste en la exención del pago de todo tributo y de los derechos de importación que graven el ingreso al país de los bienes que se describen como menaje doméstico. Ten en cuenta que la DIAN establece cada año el valor de UVT (Unidad de Valor Tributario, la cual permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la DIAN)
Consulta la normatividad técnica en el siguiente enlace https://www.dian.gov.co/normatividad/Paginas/normas.aspx
¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley 1565 de 2012?
Ser mayor de edad.
Acreditar que ha permanecido en el extranjero por lo menos 3 años.
Manifestar a la autoridad competente el interés de retornar al país acogiéndose a la Ley 1565 de 2012. No tener condenas vigentes en el exterior o en Colombia, por delitos relacionados con el tráfico y trata de personas, lavado de activos, tráfico de estupefacientes, tráfico de armas, violaciones al Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Tampoco se beneficiarán aquellas personas que hayan sido condenadas por delitos contra la administración pública.
No tener más de 12 meses residiendo en el territorio nacional después de haber retornado.
Sobre la exención tributaria debes conocer lo siguiente:
Si el valor de los bienes importados al país excede el monto exonerado, deberás cancelar los tributos por el excedente.
Para acreditar ante la DIAN tu derecho a las exenciones aduaneras y tributarias debes presentar el certificado de beneficiario de la Ley 1565 de 2012 que recibiste en tu correo electrónico.
El plazo para que ingreses al territorio aduanero nacional, los bienes a importar exentos de tributos aduaneros, es de 1 mes antes, o hasta 4 meses después de su arribo a Colombia.
Deberás adelantar los trámites aduaneros para obtener el levante de los bienes en el mes siguiente a tu llegada al territorio aduanero nacional. Este tiempo podrá ser prorrogado por 1 mes adicional en los casos autorizados por la DIAN.
Vencido este tiempo, operará el abandono legal y deberá tramitarse el rescate de los bienes, lo que conllevará el pago de un valor adicional.
Transcurrido el tiempo de 2 meses de la llegada de los bienes a Colombia, sin que se hubiere presentado la respectiva declaración de legalización, la DIAN podrá disponer de los bienes por ser de propiedad de la Nación.
Deberás pagar los gastos de transporte y trámites aduaneros que se causen por la importación de tu menaje doméstico y/o de los bienes que uses en el desempeño de tu profesión, oficio o actividad empresarial.